El modelo 130 es la liquidación del pago fraccionado del IRPF que deben presentar autónomos y empresas por el desarrollo de una actividad económica.
Están obligados a presentar el modelo 130 en Hacienda todos los autónomos con actividad económica, ya sea profesional o empresa, que tributen en estimación directa tanto en la modalidad normal como en la simplificada.
No existe dicha obligación para aquellos autónomos dados de alta en un epígrafe de actividad profesional o que facturen más del 70% con retención.
Trimestre | Plazos |
Primer Trimestre (1T, de enero a marzo) | Del 1 al 20 de abril. |
Segundo Trimestre (2T, de abril a junio) | Del 1 al 20 de julio. |
Tercer Trimestre (3T, de julio a septiembre) | Del 1 al 20 de octubre. |
Cuarto Trimestre (4T, de octubre a diciembre) | Del 1 al 30 de enero (en el cuarto trimestre se permite un plazo mayor). |